Art. 4

Modificaciones de la Decisión 2005/270/CE

En vigor desde 19 jun 2018
Artículo 4 Modificaciones de la Decisión 2005/270/CE La Decisión 2005/270/CE queda modificada como sigue: 1) El artículo 9 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 9 1.   Los Estados miembros deberán facilitar los datos sobre la generación, importación, exportación y tratamiento de los residuos de envases utilizando los modelos establecidos en los cuadros 1, 2 y 3 del anexo. 2.   Los Estados miembros deberán facilitar los datos sobre el consumo de bolsas de plástico ligeras utilizando el modelo establecido en el cuadro 4 o en el cuadro 5 del anexo, según proceda, para la notificación por el número, y el modelo establecido en el cuadro 6 o en el cuadro 7 del anexo, según proceda, para la notificación por el peso.». 2) El anexo se modifica según lo establecido en el anexo de la presente Decisión.
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