Art. 2
En vigor desde 18 jun 2018
Artículo 2
1. El Consejo solicita a la Comisión que presente, hasta el 30 de septiembre de 2020, si resulta adecuado a la luz de los resultados del estudio, una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifique el Reglamento (CE) n.o 1367/2006, o que se informe al Consejo acerca de otras medidas necesarias en reacción al estudio.
2. Con arreglo a las prácticas habituales, el Consejo solicita a la Comisión que garantice que la propuesta incluya una evaluación de impacto.
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