Art. 1

En vigor desde 13 abr 2018
Artículo 1 1.   El 1,2-anhídrido del ácido benceno-1,2,4-tricarboxílico (anhídrido trimelítico) (TMA) (n.o CE 209-008-0, n.o CAS 552-30-7) se identifica como sustancia extremadamente preocupante con arreglo al artículo 57, letra f), del Reglamento (CE) n.o 1907/2006, debido a sus propiedades de sensibilización respiratoria. 2.   La sustancia especificada en el apartado 1 se incluirá en la lista de posibles sustancias contemplada en el artículo 59, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006, con la siguiente indicación en el epígrafe «Razón para la inclusión»: «Propiedades de sensibilización respiratoria [artículo 57, letra f), - salud humana]».
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