Art. 1

En vigor desde 12 mar 2018
Artículo 1 Quedan aprobadas, en nombre de la Unión, las modificaciones de la ficha técnica de pesca n.o 6 del Protocolo entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos, adoptadas por la comisión mixta creada por el artículo 10 de dicho Acuerdo mediante el canje de notas que figura en el anexo de la presente Decisión.
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