Art. 1

En vigor desde 15 ene 2018
Artículo 1 La Decisión de Ejecución 2014/762/UE de la Comisión queda modificada como sigue: 1) En el artículo 2, se añade el punto 6 siguiente: «6) “Cuerpo Médico Europeo”, la parte de la Capacidad Europea de Respuesta a Emergencias disponible para las operaciones de respuesta en el marco del Mecanismo de la Unión en caso de emergencias sanitarias graves.». 2) En el artículo 16, el apartado 8 se sustituye por el texto siguiente: «8.   La certificación de un módulo, equipo de apoyo y asistencia técnica, otra capacidad de respuesta o experto deberá reevaluarse a más tardar transcurridos cinco años, si el activo se somete a un nuevo registro en el marco de la Capacidad Europea de Respuesta a Emergencias.». 3) El anexo II se modifica conforme a lo dispuesto en el anexo I de la presente Decisión. 4) El anexo III se sustituye por el texto del anexo II de la presente Decisión. 5) El anexo V se modifica conforme a lo dispuesto en el anexo III de la presente Decisión.
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