Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 21 dic 2017
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna a la soja modificada genéticamente [Glycine max (L.) Merr.] FG72 × A5547-127 (en lo sucesivo, «soja FG72 × A5547-127»), especificada en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único MST-FGØ72-2 × ACS-GMØØ6-4.
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eli:dec_impl:2017:2451:oj#art-1

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