Art. 1
En vigor desde 30 nov 2017
Artículo 1
En el artículo 2 de la Decisión 90/177/Euratom, CEE, los puntos 5 y 6 se sustituyen por los textos siguientes:
«5.
Hasta el 31 de diciembre de 2020, las entregas, transformaciones, reparaciones, mantenimiento, fletamento y arrendamiento de aeronaves utilizadas por las instituciones del Estado, así como de los objetos incorporados a estas aeronaves o que sirven para su explotación [anexo X, Parte B, punto 11, de la Directiva 2006/112/CE (*1)];
6.
Hasta el 31 de diciembre de 2020, las entregas, transformaciones, reparaciones, mantenimiento, fletamento y arrendamiento de navíos de guerra [anexo X, Parte B, punto 12, de la Directiva 2006/112/CE];
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