Art. 1
En vigor desde 21 nov 2017
Artículo 1
Polonia garantizará que la zona infectada establecida de conformidad con el artículo 15 de la Directiva 2002/60/CE englobe al menos las zonas que figuran como zona infectada en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2017:2176:oj#art-1