Art. 1
En vigor desde 20 nov 2017
Artículo 1
La Decisión 2010/670/UE queda modificada como sigue:
1)
En el artículo 2, se añade el apartado 4 siguiente:
«4. Todo ingreso no desembolsado procedente de la primera ronda de convocatorias de propuestas estará disponible para apoyar los proyectos pioneros de demostración de CAC y de FER que sean innovadores y reproducibles y estén listos para efectuar una demostración a escala, para lo que se recurrirá a los instrumentos financieros pertinentes gestionados por el Grupo del Banco Europeo de Inversiones, dando prioridad al instrumento para proyectos de demostración en el campo de la energía, InnovFin, y al Instrumento de Deuda en el sector del transporte en el marco del Mecanismo “Conectar Europa”.
El párrafo anterior, los artículos 6 y 8, el artículo 11, apartados 1 a 5, el artículo 11, apartado 6, párrafos primero y segundo, y el artículo 13 no se aplicarán al uso de estos ingresos.
La Comisión presentará un informe con suficiente antelación al Comité del cambio climático sobre la celebración de los acuerdos de delegación correspondientes entre la primera y el Banco Europeo de Inversiones, especialmente en lo referente a los criterios de admisibilidad pertinentes, la ejecución de los instrumentos financieros oportunos, en concreto la constitución de la cartera de proyectos, la evaluación de las solicitudes de proyecto y, por último, el uso de los ingresos reasignados, y tendrá debidamente en cuenta las opiniones de los Estados miembros.».
2)
En el artículo 14, se añade el párrafo siguiente:
«La Comisión presentará periódicamente un informe al Comité del cambio climático sobre el uso de los ingresos a que se refiere el artículo 2, apartado 4, donde se incluirá información anticipada sobre el apoyo previsto para los proyectos y la parte del apoyo que se deberá poner a disposición en forma de subvenciones, la distribución geográfica de los proyectos, la escala de los proyectos y la cobertura tecnológica, e información ex post sobre los progresos en la ejecución de los proyectos, la eliminación de las emisiones de CO2, el apalancamiento financiero, la sensibilización y las enseñanzas extraídas, según proceda.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:dec:2017:2172:oj#art-1