Art. 1

En vigor desde 6 nov 2017
Artículo 1 Queda autorizada la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Barbados por el que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y Barbados sobre exención de visados para estancias de corta duración, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo (6).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2017:2084:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil