Art. 1
En vigor desde 10 oct 2017
Artículo 1
El artículo 6 de la Decisión de Ejecución 2014/797/UE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 6
1. La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.
Expirará el 31 de diciembre de 2020.
2. Cualquier solicitud de prórroga de la autorización establecida en la presente Decisión se transmitirá a la Comisión el 31 de marzo de 2020 a más tardar e irá acompañada de un informe que incluya la revisión del porcentaje establecido en el artículo 1.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2017:1854:oj#art-1