Art. 5

En vigor desde 11 may 2017
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión expirará treinta y seis meses después de la celebración del convenio de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3, o bien seis meses después de la fecha de su adopción si en ese plazo no se ha celebrado convenio de financiación alguno.
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