Art. 1

En vigor desde 6 mar 2017
Artículo 1 Queda confirmada la participación del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Reglamento (UE) 2016/794.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2017:388:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil