Art. 8
Seguridad de la información clasificada de la UE
En vigor desde 3 mar 2017
Artículo 8
Seguridad de la información clasificada de la UE
El REUE y los miembros de su equipo respetarán los principios de seguridad y las normas mínimas establecidos en la Decisión 2013/488/UE del Consejo (3).
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