Art. 13
Revisión
En vigor desde 3 mar 2017
Artículo 13
Revisión
La ejecución de la presente Decisión y su coherencia con otras contribuciones de la Unión a la región se examinarán de forma periódica. El REUE presentará al Consejo, a la AR, y a la Comisión un informe de situación para a más tardar el 30 de septiembre de 2017 y un informe global sobre la ejecución de su mandato para a más tardar el 31 de marzo de 2018.
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