Art. 1

En vigor desde 7 feb 2017
Artículo 1 Con arreglo a lo establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Decisión 2000/258/CE, se autoriza al siguiente laboratorio a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones: LANAGRO/PE (Laboratório Nacional Agropecuário em Pernambuco) Rua Manoel de Medeiros, s/n.o Dois Irmãos — CEP: 52171-030 Recife/PE BRASIL
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eli:dec_impl:2017:223:oj#art-1

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