Art. 2

En vigor desde 17 ene 2017
Artículo 2 La lista anual de prioridades de 2017 en lo que se refiere a la elaboración de normas armonizadas en materia de electricidad será la siguiente: — normas en materia de funcionamiento del sistema (finalización de la fase de adopción por la Comisión tras la votación del Comité en 2016), — normas en materia de requisitos y procedimientos de emergencia y restauración (finalización de la fase de adopción por la Comisión tras la votación del Comité en 2016), — normas de balance (finalización de la fase de adopción por la Comisión tras la votación del Comité en 2017).
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