Art. 2
En vigor desde 14 dic 2016
Artículo 2
El importe de 240,1 millones EUR en créditos de compromiso a que se refiere el artículo 1 se compensará totalmente con el margen dentro del techo de compromisos de la rúbrica 5 (Administración) del Marco Financiero Plurianual para el ejercicio 2016.
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