Art. 1
En vigor desde 5 dic 2016
Artículo 1
Se da por concluido el procedimiento antidumping relativo a las importaciones en la Unión de óxidos de manganeso (fórmula química: MnO) con una pureza de manganeso en peso neto igual o superior al 50 %, pero inferior al 77 %, originarios de Brasil, Georgia, la India y México, y clasificados actualmente en los códigos NC ex 2820 90 90 y ex 2602 00 00.
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