Art. 1

En vigor desde 30 nov 2016
Artículo 1 No es apropiado suspender temporalmente durante 2016 el arancel aduanero preferencial sobre las importaciones de plátanos (bananas) frescos clasificados en la partida 0803 90 10 de la nomenclatura combinada de la Unión Europea y originarios del Perú.
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