Art. 1

En vigor desde 23 nov 2016
Artículo 1 En la Decisión 2012/818/UE, Euratom, el artículo 2 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 2 La presente Decisión será aplicable desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2021.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2016:2062:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil