Art. 3
Destinatarios
En vigor desde 15 nov 2016
Artículo 3
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión serán la República de Bulgaria, la República Helénica y la República de Croacia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2016:2009:oj#art-3