Art. 1
En vigor desde 26 jul 2016
Artículo 1
La Decisión 2009/908/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se establecen las normas de desarrollo de la Decisión del Consejo Europeo relativa al ejercicio de la Presidencia del Consejo, y de la presidencia de los órganos preparatorios del Consejo, se modifica como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el siguiente:
«Artículo 1
El orden en que los Estados miembros deberán ejercer la Presidencia del Consejo a partir del 1 de julio de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2030, así como la división de este orden de presidencias en grupos de tres Estados miembros, se fijan en el anexo I de la presente Decisión.».
2)
El artículo 3 se sustituye por el siguiente:
«Artículo 3
El Consejo decidirá, antes del 31 de diciembre de 2029, el orden en que los Estados miembros ejercerán la Presidencia del Consejo a partir del 1 de enero de 2031».
3)
El texto del anexo I de la Decisión 2009/908/UE del Consejo se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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