Art. 2
En vigor desde 12 jul 2016
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos Delegados (UE) n.o 272/2012, (UE) n.o 446/2012, (UE) n.o 447/2012, (UE) n.o 448/2012, (UE) n.o 449/2012 y (UE) n.o 946/2012, así como de las Decisiones de Ejecución 2014/245/UE, 2014/246/UE, 2014/247/UE, 2014/248/UE y 2014/249/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
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