Art. 1

En vigor desde 4 jul 2016
Artículo 1 La ayuda estatal que los Países Bajos han ejecutado en favor del club de fútbol NEC de Nijmegen es compatible con el mercado interior en virtud de lo previsto en el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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