Art. 1
En vigor desde 4 jul 2016
Artículo 1
La ayuda estatal que los Países Bajos han ejecutado en favor del club de fútbol FC Den Bosch de 's-Hertogenbosch, de 3 050 000 EUR, es compatible con el mercado interior en virtud de lo dispuesto en el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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