Art. 1

En vigor desde 4 jul 2016
Artículo 1 La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a los contratos que celebren las entidades adjudicadoras a fin de posibilitar la prestación en Polonia de los servicios siguientes: a) servicios de recogida, clasificación, expedición y distribución de envíos postales; b) servicios de publicidad directa sin indicación de destinatario; c) servicios de imprenta y empaquetado.
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