Art. 1
En vigor desde 4 jul 2016
Artículo 1
La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a los contratos que celebren las entidades adjudicadoras a fin de posibilitar la prestación en Polonia de los servicios siguientes:
a)
servicios de recogida, clasificación, expedición y distribución de envíos postales;
b)
servicios de publicidad directa sin indicación de destinatario;
c)
servicios de imprenta y empaquetado.
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