Art. 1

En vigor desde 16 jun 2016
Artículo 1 La posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión, en el Consejo General de la Organización Mundial del Comercio será la de solicitar una prórroga de la exención vigente de la OMC en relación con las preferencias comerciales autónomas concedidas por la Unión a los países de los Balcanes Occidentales hasta el 31 de diciembre de 2021 y respaldar la adopción de dicha solicitud. La Comisión manifestará dicha posición.
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