Art. 1

En vigor desde 27 may 2016
Artículo 1 El artículo 34 de la Decisión 2013/255/PESC se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 34 La presente Decisión se aplicará hasta el 1 de junio de 2017. Estará sujeta a revisión continua. Se podrá prorrogar o modificar, según proceda, si el Consejo considera que no se han cumplido sus objetivos.».
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eli:dec:2016:850:oj#art-1

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