Art. 1
En vigor desde 12 may 2016
Artículo 1
El artículo 14, apartado 1, de la Decisión 2014/486/PESC se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a EUAM Ucrania hasta el 30 de noviembre de 2014 será de 2 680 000 EUR. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUAM Ucrania durante el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015 será de 13 100 000 EUR. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con EUAM Ucrania para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2015 y el 30 de noviembre de 2016 será de 17 670 000 EUR. El Consejo decidirá el importe de referencia financiera para los períodos subsiguientes.».
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