Art. 2

Entrada en vigor

En vigor desde 26 abr 2016
Artículo 2 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor el 16 de mayo de 2016.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2016:821:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil