Art. 2
En vigor desde 15 ene 2016
Artículo 2
El texto en lengua croata (3) del Convenio contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios será auténtico en las mismas condiciones que los demás textos del citado Convenio.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2016:63:oj#art-2