Art. 1
En vigor desde 8 dic 2015
Artículo 1
La posición que han de adoptar los Estados miembros en nombre de la Unión Europea en la Comisión permanente de Eurocontrol en relación con las funciones y tareas de Eurocontrol y los servicios centralizados se ajustará a lo dispuesto en el anexo.
Los Estados miembros actuarán conjuntamente en interés de la Unión.
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