Art. 1
En vigor desde 30 nov 2015
Artículo 1
Queda autorizada la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo de colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y la República de Liberia y de su Protocolo de aplicación, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo y Protocolo.
Los textos del Acuerdo y del Protocolo se adjuntan a la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2015:2312:oj#art-1