Art. 1

En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 1 A efectos del cálculo de la base de los recursos propios del IVA del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2019, se autoriza a Italia a utilizar estimaciones aproximativas respecto a las operaciones contempladas en el anexo X, parte B, punto 10, de la Directiva 2006/112/CE.
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