Art. 2

Objetivos políticos

En vigor desde 16 nov 2015
Artículo 2 Objetivos políticos El mandato del REUE se basará en los objetivos políticos de la Unión con respecto a Kosovo. Entre estos objetivos figuran el desempeño de un papel protagonista en el fomento de un Kosovo estable, viable, pacífico, democrático y multiétnico; el fortalecimiento de la estabilidad en la región y la contribución a unas relaciones de buena vecindad en los Balcanes Occidentales; fomentar el compromiso de Kosovo con el Estado de Derecho y la protección de las minorías y del patrimonio cultural y religioso; apoyar la perspectiva europea de Kosovo y la aproximación a la Unión, en consonancia con la perspectiva europea de la región y conforme al Acuerdo de Estabilización y Asociación y a la Decisión del Consejo relativa a su firma, así como en congruencia con las conclusiones aplicables del Consejo.
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eli:dec:2015:2052:oj#art-2

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