Art. 2

En vigor desde 8 oct 2015
Artículo 2 La Decisión 2013/129/UE dejará de surtir efectos desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros respecto al plazo fijado para someter la 4-metilanfetamina a medidas de control y sanciones penales en sus legislaciones nacionales, según lo establecido en el artículo 2 de la Decisión 2013/129/UE.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2015:1874:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil