Art. 1

En vigor desde 5 oct 2015
Artículo 1 En el artículo 13 de la Decisión 2012/392/PESC, los párrafos primero y segundo se sustituyen por el texto siguiente: «1.   El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Níger durante el período comprendido entre el 16 de julio de 2012 y el 31 de octubre de 2013 será de 8 700 000 EUR. El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Níger durante el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y el 15 de julio de 2014 será de 6 500 000 EUR. El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Níger durante el período comprendido entre el 16 de julio de 2014 y el 15 de julio de 2015 será de 9 155 000 EUR. El importe de referencia financiera para cubrir los relativos a la EUCAP Sahel Níger durante el período comprendido entre el 16 de julio de 2015 y el 15 de julio de 2016 será de 18 400 000 EUR. 2.   Todos los gastos se gestionarán de acuerdo con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión. La participación de personas físicas y jurídicas en las adjudicaciones de licitaciones de la EUCAP Sahel Níger estará abierta sin limitaciones. Además, no se aplicará ninguna norma de origen a los productos adquiridos por la EUCAP Sahel Níger.».
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