Art. 1

En vigor desde 14 sept 2015
Artículo 1 La posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión en el seno del Comité de Contratación Pública será la de aprobar la adhesión de la República de Moldavia al Acuerdo revisado sobre Contratación Pública, con determinadas condiciones de adhesión establecidas en el anexo de la presente Decisión.
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