Art. 2

En vigor desde 2 jul 2015
Artículo 2 1.   El artículo 2 de la Decisión 2013/298/UE se sustituye por lo siguiente: «Artículo 2 Austria garantizará que el plan de reestructuración presentado el 23 de junio de 2015 se ejecutará en su totalidad, incluida la lista de compromisos en anexo a la presente Decisión.». 2.   El anexo de la Decisión 2013/298/UE se sustituye por el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2016:153:oj#art-2

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