Art. 1

En vigor desde 4 jun 2015
Artículo 1 El artículo 3 de la Decisión 2009/568/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “papel tisú”, así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2018.» .
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eli:dec:2015:877:oj#art-1

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