Art. 13
Entrada en vigor y terminación
En vigor desde 18 may 2015
Artículo 13
Entrada en vigor y terminación
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
La EUNAVFOR MED terminará a más tardar doce meses después de que se haya alcanzado la capacidad operativa completa.
La presente Decisión quedará derogada a partir de la fecha de cierre del cuartel general de la operación de la UE de conformidad con los planes aprobados a efectos de la terminación de la EUNAVFOR MED, y sin perjuicio de los procedimientos relativos a la auditoría y presentación de cuentas de la EUNAVFOR MED establecidos en la Decisión (PESC) 2015/528.
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