Art. 2

En vigor desde 11 may 2015
Artículo 2 1.   La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de julio de 2015. 2.   Los formularios a los que se hace referencia en los anexos C1, C2, C3, C4, C5 y C6 del apéndice III vigente el 1 de diciembre de 2012 podrán continuar utilizándose, previa introducción de las necesarias adaptaciones geográficas o relacionadas con la elección de domicilio o la dirección del mandatario, hasta el 1 de mayo de 2016.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2015:835:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil