Art. 2

Autorización

En vigor desde 24 abr 2015
Artículo 2 Autorización A efectos del artículo 4, apartado 2, y del artículo 16, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1829/2003, se autorizan los siguientes productos, conforme a las condiciones establecidas en la presente Decisión: a) los alimentos e ingredientes alimentarios que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de la colza oleaginosa MON-ØØØ 73-7, a excepción del aislado de proteína de semilla; b) los piensos producidos a partir de la colza oleaginosa MON-ØØØ 73-7.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2015:701:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil