Art. 11
Presentación de informes
En vigor desde 15 abr 2015
Artículo 11
Presentación de informes
El REUE presentará periódicamente informes orales y escritos a la alta representante y al CPS. Informará también, si fuera necesario, a grupos de trabajo del Consejo. Los informes periódicos se transmitirán a través de la red COREU. El REUE podrá presentar informes al Consejo de Asuntos Exteriores. De conformidad con el artículo 36 del Tratado, el REUE podrá estar asociado a la información al Parlamento Europeo.
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