Art. 1

En vigor desde 25 mar 2015
Artículo 1 El artículo 2 de la Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom se modifica como sigue: 1) En el apartado 2 se suprime la segunda frase. 2) El apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4.   La Oficina se encargará de la preparación de las iniciativas legislativas y reglamentarias de la Comisión que tengan por objetivo la lucha contra el fraude a que se refiere el apartado 1.» .
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eli:dec:2015:512:oj#art-1

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