Art. 1
En vigor desde 20 mar 2015
Artículo 1
El artículo 6, párrafo segundo, de la Decisión 2011/173/PESC se sustituye por el texto siguiente:
«La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de marzo de 2016.»
.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2015:487:oj#art-1