Art. 1
En vigor desde 2 mar 2015
Artículo 1
La posición que se debe adoptar en nombre de la Unión en el Consejo General de la Organización Mundial del Comercio será la de apoyar la solicitud presentada por Estados Unidos de exención de sus obligaciones con arreglo al artículo I, apartado 1, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2019, conforme a los términos de la solicitud de exención de Estados Unidos.
La Comisión expresará esta posición.
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