Art. 1
En vigor desde 18 feb 2015
Artículo 1
Conforme a lo recomendado por el Comité de gestión conjunta, instituido por el artículo 16 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre medidas sanitarias aplicables al comercio de animales vivos y productos animales, se aprueban las modificaciones de los anexos II, V, VII y VIII de dicho Acuerdo en nombre de la Unión Europea.
Se adjunta a la presente Decisión el texto del Canje de Notas que constituye el Acuerdo con Nueva Zelanda, incluidas las modificaciones de los anexos II, V, VII y VIII de dicho Acuerdo.
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