Art. 5
En vigor desde 17 feb 2015
Artículo 5
1. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
2. La presente Decisión expirará a los 36 meses de la celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3. No obstante, expirará seis meses después de su entrada en vigor si no se hubiere celebrado en ese plazo el citado acuerdo de financiación.
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